¿Dónde debería tener un extintor?
La normativa sanitaria y laboral mandata que, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, se debe contar con extintores de incendio suficientes para cubrir la superficie necesaria.
La ley de tránsito señala expresamente que cada vehículo debe contar con un extintor certificado y al día, el que además debe estar en un lugar a la mano del conductor.
Si bien no es obligatorio, los incendios domiciliarios son cada vez más frecuentes. Recomendamos tener a lo menos un agente extintor para proteger tu hogar de fallas eléctricas o combustión de diferentes elementos.
Normativa debe cumplir mi empresa
Establece los requisitos para la correcta ubicación y señalización de los extintores portátiles. Garantiza que los equipos sean fácilmente identificables y accesibles en caso de emergencia.
Define los procedimientos de revisión, mantenimiento y recarga de extintores portátiles. Asegura que los extintores mantengan sus condiciones operativas y funcionen correctamente cuando sean requeridos.
Establece los requisitos que deben cumplir los servicios técnicos autorizados para realizar inspección, mantención y recarga de extintores. Garantiza que los trabajos sean ejecutados por empresas competentes, bajo estándares técnicos reconocidos.
Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Establece la obligación de contar con equipos de extinción adecuados, accesibles y en buen estado. Su cumplimiento es obligatorio para empresas e instituciones y es fiscalizado por la Autoridad Sanitaria.
Reglamento que establece requisitos de seguridad, certificación y rotulación para los extintores portátiles comercializados en Chile. También regula el sistema de certificación asociado a los extintores y servicios técnicos para que cumplan estándares de calidad, seguridad y trazabilidad reconocidos a nivel nacional.
¿Quién puede fiscalizarme?
Fiscaliza el cumplimiento de las normas sanitarias y de seguridad en los lugares de trabajo, verifica que cuenten con medidas de prevención y control de incendios, incluyendo extintores adecuados, operativos y correctamente mantenidos.
Fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones del empleador en materia de seguridad y protección de los trabajadores. Si bien no inspecciona técnicamente los extintores, puede exigir que existan y que se encuentren disponibles como parte del deber de protección establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo.
Fiscalizan el cumplimiento de las condiciones exigidas para el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales. En procesos de otorgamiento o renovación de patentes comerciales pueden verificar el cumplimiento de medidas de seguridad contra incendios exigidas por la normativa vigente, especialmente en locales de atención de público, bodegas, industrias y establecimientos especiales.
Fiscalizan el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en vehículos de transporte de pasajeros, transporte escolar, transporte de carga y otros vehículos regulados, verificando la existencia de extintores adecuados según su categoría, capacidad y uso, así como su vigencia según lo exigido por la normativa de tránsito y transporte. Las Plantas de Revisión Técnica también pueden requerirlo.